¿A Quién se Debe Notificar Antes de Probar un Sistema de Alarma Contra Incendios?

Guía Técnica Basada en la NFPA 72 y Normas Chilenas NCh para Pruebas Seguras y Coordinadas.

Este artículo profundiza en a quién se debe notificar, por qué es necesario hacerlo, qué información debe incluir la notificación, y cómo aplicar estos principios según las normas chilenas y NFPA.

Sistema de Alarma Contra Incendios

Introducción

Las pruebas del sistema de alarma contra incendios son una parte esencial del mantenimiento preventivo y de la verificación funcional de los sistemas de seguridad de un edificio. Sin embargo, su ejecución no puede hacerse de manera aislada: cada prueba debe planificarse cuidadosamente, notificando a todas las personas, instituciones y servicios que podrían verse afectados.

Una notificación incorrecta —o su ausencia— puede generar falsas alarmas, interrupciones operativas, respuestas innecesarias del cuerpo de bomberos, o incluso sanciones legales.
La norma NFPA 72, adoptada como referencia internacional y complementada en Chile por las normas NCh 933, NCh 935 y NCh 2056, establece los lineamientos técnicos y administrativos para asegurar que estas pruebas se realicen con seguridad, coordinación y trazabilidad.

Este artículo profundiza en a quién se debe notificar, por qué es necesario hacerlo, qué información debe incluir la notificación, y cómo aplicar estos principios según las normas chilenas y NFPA.


1. Importancia de las Pruebas y Notificaciones

Los sistemas de alarma y detección contra incendios (sistema de alarma contra incendios) son componentes críticos de la seguridad en edificios residenciales, industriales, comerciales y mineros. Su correcto funcionamiento no solo salva vidas, sino que también evita pérdidas millonarias en equipos, procesos y tiempo operativo.

La NFPA 72 (National Fire Alarm and Signaling Code) dedica su capítulo 14 a los procedimientos de inspección, prueba y mantenimiento (ITM), donde se establece claramente que:

“Antes de que comiencen las pruebas del sistema de alarma o señalización contra incendios, se requiere notificar a todos los potencialmente afectados por la prueba” (NFPA 72, sección 14.2.4.1).

En Chile, la NCh 933 y NCh 935 coinciden en exigir que los sistemas sean probados periódicamente y que el propietario o su representante designado sea responsable de coordinar la notificación a todos los involucrados.


2. ¿A Quién se Debe Notificar?

(Según NFPA 72, Sección 14.2.4 y Adaptación a NCh)

Las notificaciones deben alcanzar a todas las personas, departamentos o instituciones que puedan verse afectadas directa o indirectamente por la prueba del sistema. A continuación, se detalla cada grupo con su rol específico:

2.1 Ocupantes del Edificio

Los trabajadores, residentes, estudiantes o visitantes deben ser informados para evitar confusiones y pánico durante las pruebas.
La notificación puede hacerse por correo electrónico interno, megafonía o carteles visibles en accesos y pasillos.

Contenido mínimo del aviso:

  • Fecha y hora de inicio y fin de la prueba.
  • Sectores del edificio afectados.
  • Tipo de señal que se activará (sonora, visual o de voz).
  • Instrucción clara de que no se trata de una emergencia real.

2.2 Propietario o Administrador del Edificio

Es el responsable legal de la seguridad y debe aprobar el plan de prueba antes de su ejecución. También es quien designa a un representante técnico o empresa especializada (como FireSmart) para realizar el procedimiento.

Debe tener los recursos para comunicar la prueba mediante:

  • Correos masivos.
  • Sistema de megafonía.
  • Difusión en tableros o carteles.
  • Comunicación directa con los arrendatarios o encargados de piso.

2.3 Operadores de la Central de Alarma y Personal de Mantenimiento

Los operadores de la centralita y el equipo técnico del edificio deben estar informados para reconocer señales reales frente a las de prueba.
El personal de mantenimiento también debe ser notificado para desactivar equipos críticos o sistemas eléctricos que podrían verse afectados por la prueba.

2.4 Vigilantes o Brigadistas de Incendio

En edificios con brigadas de emergencia, se debe informar previamente a los vigilantes de incendio de planta o piso. Ellos son responsables de coordinar las rutas de evacuación y verificar que los dispositivos (luces estroboscópicas, sirenas, megafonía) respondan correctamente.

2.5 Departamento de Bomberos o Estación de Supervisión

En los sistemas monitoreados remotamente —aquellos que envían señales automáticas a una central o directamente al cuerpo de bomberos—, es obligatorio notificar antes de las pruebas.
Esto evita que una alarma simulada genere una respuesta real de emergencia.

La NFPA 72 (26.3.8.3.5.6) exige que:

“El personal de servicio o el propietario del sistema de alarma proporcione un código de identificación único a la estación central antes de poner el sistema en modo de prueba”.

En Chile, muchas comunas adoptan este procedimiento dentro de los Protocolos de Coordinación con Bomberos, recomendando informar al número local o al despacho regional.

2.6 Estaciones de Supervisión o Centros de Monitoreo

Las empresas que reciben y gestionan las señales automáticas de alarma también deben ser informadas, indicando:

  • Hora de inicio y término de la prueba.
  • Identificación del edificio y dirección.
  • Persona responsable de la ejecución.
  • Código de autenticación de prueba (según NFPA 72).

2.7 Otros Afectados o Entidades Críticas

Dependiendo del tipo de instalación, puede ser necesario notificar a:

  • Operadores de procesos industriales sensibles.
  • Centros de control de energía o datos.
  • Instituciones de salud (si se interrumpe ventilación o alarmas médicas).
  • Contratistas, empresas externas o arrendatarios.

3. El Plan de Pruebas (Sección 14.2.10 NFPA 72)

La NFPA 72 exige la elaboración de un Plan de Pruebas antes de realizar cualquier ensayo del sistema.
Este documento técnico debe incluir:

ElementoDescripción
Objetivo de la pruebaDeterminar si los componentes del sistema funcionan correctamente.
AlcanceÁreas o zonas que serán afectadas.
Fecha y horaInicio y fin planificados.
Método de notificaciónMedios utilizados para avisar a los ocupantes y autoridades.
ResponsablesPersonal del propietario y técnicos ejecutores.
Procedimiento de emergenciaQué hacer si ocurre una emergencia real durante la prueba.
Firma y aprobaciónPropietario o administrador, técnico responsable y supervisor de seguridad.

En Chile, la NCh 933 y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC) recomiendan documentar todas las pruebas del sistema en un registro físico o digital, con evidencia de cada notificación emitida.


4. Procedimiento de Notificación: Paso a Paso

4.1 Antes de la Prueba

  1. Elaborar y aprobar el plan de pruebas.
  2. Notificar por escrito a todos los involucrados con al menos 24 a 48 horas de anticipación.
  3. Coordinar con bomberos y estaciones de monitoreo.
  4. Desactivar la transmisión automática de alarmas (si corresponde).
  5. Señalizar claramente las zonas en prueba.

4.2 Durante la Prueba

  1. Confirmar que todas las partes han recibido la notificación.
  2. Ejecutar los procedimientos de activación controlada (sirenas, detectores, pulsadores, megafonía).
  3. Registrar los tiempos de respuesta y funcionamiento.
  4. Supervisar que no haya alarmas reales durante el proceso.

4.3 Después de la Prueba

  1. Restablecer todas las conexiones y transmisiones.
  2. Notificar el término de la prueba a los mismos grupos informados previamente.
  3. Documentar los resultados en el registro del sistema.
  4. Emitir un informe técnico firmado por el especialista y el propietario.

5. Coordinación con Sistemas Críticos del Edificio

La NFPA 72 (14.2.4.3) señala que:

“El propietario o su representante designado y el personal de servicio deberán coordinar las pruebas del sistema para evitar la interrupción de los sistemas o equipos críticos del edificio.”

Esto incluye:

  • Sistemas eléctricos y de ventilación.
  • Equipos médicos o de laboratorio.
  • Servidores o data centers.
  • Líneas de producción automatizadas.

En faenas mineras o industriales, se recomienda realizar las pruebas en horarios de baja operación o durante mantenimientos programados, siguiendo los protocolos de seguridad minera (DS 72 y DS 132).


6. Qué Información Debe Incluir la Notificación

Toda comunicación formal de prueba del sistema de alarma debe contener:

  • Identificación del edificio y dirección exacta.
  • Nombre del propietario o empresa administradora.
  • Fecha, hora y duración prevista de la prueba.
  • Sectores y dispositivos involucrados.
  • Tipo de señal que se activará (audible, visual, voz, etc.).
  • Persona responsable del procedimiento.
  • Teléfono o contacto de emergencia.

En el caso de edificios públicos o industriales, es recomendable que esta notificación sea enviada mediante correo institucional y se registre en un libro de mantenimiento.


7. Diferencias entre Pruebas y Simulacros

Un error común es confundir las pruebas técnicas del sistema de alarma con los simulacros de incendio.
La NFPA 72 aclara que los simulacros no forman parte del código de pruebas, ya que su objetivo es entrenar a las personas, no verificar equipos.

TipoObjetivoResponsables
Prueba de sistemaVerificar el funcionamiento de los equipos y señales.Técnicos especializados y propietarios.
Simulacro de incendioCapacitar a los ocupantes sobre evacuación.Brigadas de emergencia y jefes de piso.

En Chile, los simulacros están regulados por los Códigos de Seguridad de Bomberos y la Ley 16.744 de Prevención de Riesgos Laborales.


8. Buenas Prácticas y Recomendaciones Técnicas

  • 📋 Mantén actualizado el registro de inspecciones y pruebas.
  • 🕓 Coordina las pruebas en horarios no operativos para reducir molestias.
  • 🔐 Usa códigos de autenticación únicos para modo de prueba (NFPA 26.3.8.3.5.6).
  • 🧯 Verifica que no se interrumpan otros sistemas de seguridad (rociadores, extractores, presurización de escaleras).
  • 🧠 Capacita al personal en la diferencia entre alarma real y de prueba.
  • 🔊 Utiliza mensajes claros de megafonía: “Atención, esta es una prueba del sistema de alarma. No evacúe el edificio.”

9. Cumplimiento Normativo en Chile: NFPA y NCh

NormaTemaAplicación
NFPA 72Código de Alarma y SeñalizaciónBase técnica internacional para pruebas, mantenimiento y notificación.
NCh 933Sistemas de detección y alarmaEstablece requerimientos locales para instalación y mantenimiento.
NCh 935/1Sistemas de alarma contra incendiosDefine alimentación, circuitos y procedimientos de prueba.
NCh 2056Ensayos y desempeño de detectoresRegula la sensibilidad y respuesta de los equipos.

10. Conclusión: Notificar Salva Vidas y Evita Errores Costosos

Probar un sistema de alarma sin una notificación adecuada puede generar caos, falsas alarmas, pérdidas operativas y desconfianza en el sistema. Cumplir con las exigencias de la NFPA 72 y NCh asegura que cada prueba sea segura, documentada y profesional.

La comunicación previa y la coordinación con todos los involucrados —desde los ocupantes hasta los bomberos— es tan importante como el propio sistema de detección.

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