Recarga de Extintores
RECARGA DE EXTINTORES
Un extintor con niveles insuficientes de agente extintor no podrá cumplir su función de manera efectiva, poniendo en riesgo a las personas y los bienes. Llámanos o envía un correo electrónico para programar la recarga de extintores.
POR QUÉ CONTRATAR LA RECARGA DE EXTINTORES CON NOSOTROS?
¡No pongas en riesgo la seguridad y cumple con la normativa! Contrata a nuestro Servicio Técnicos Certificado por CESMEC para la Recarga de tus Extintores.
Cumplimiento normativo garantizado:
Todos nuestros servicios técnicos de extintores están certificados por DS-44 y cumplen con las normativas.
Experiencia comprobada:
Con 30 años de trayectoria en el mercado, contamos con técnicos altamente capacitados.
Atención rápida y eficiente:
Sabemos que tu tiempo es valioso. Por eso, ofrecemos un servicio ágil y puntual, minimizando interrupciones en tus actividades.
Soluciones personalizadas:
Nos adaptamos a las necesidades de tu empresa, desde pequeñas oficinas hasta grandes industrias, ofreciendo planes de mantenimiento a medida.
Extintores en Calidad de Préstamo:
Proporcionamos el servicio de préstamos de extintores mientras sus áreas se encuentran desprotegidas. Totalmente gratis.

MARCAS QUE NOS ACOMPAÑAN:
En el ámbito de seguridad, es vital trabajar con las mejores marcas del mercado. Años de experiencia y conocimiento que redoblan la protección.







COTICE RÁPIDO Y FÁCIL AHORA
CONFIANZA Y RESPALDO:
Todos nuestros servicios están respaldados por certificaciones nacionales que garantizan la calidad y seguridad de nuestros procesos.
PASO A PASO PARA CONTRATAR
¿Conoces cuáles son los pasos generales para contratar nuestro servicio de Recarga de Extintores, tanto si eres una empresa con contrato o sin contrato?

Empresas sin Contrato
Recibimos su contacto y solicitud del servicio de Recarga de Extintores. Debe dirigirse al formulario en esta misma página, completarlo y enviarlo, le responderemos en menos de 24 horas.

Empresas con Contrato
Las empresas que ya tienen contratos con nosotros pueden realizar sus solicitudes a través del correo electrónico habitual de contacto. También pueden comunicarse mediante el formulario disponible.

Recarga de Extintores
Se realiza el servicio de Recarga de Extintores en nuestro taller certificado. Siguiendo los pasos indicado en la norma NCH2056.

Informe y Presupuesto
Se realiza un informe donde se deja plasmado todo el proceso realizado en taller, y se elabora el presupuesto por el trabajo realizado. El presupuesto puede incluir el monto de cualquier repuesto que requiera ser cambiado.

Facturación
Una vez entregado el informe y el presupuesto, aclarando todos los detalles con nuestro cliente, se factura el servicio completo.

EXTINTORES EN PRÉSTAMO
Proporcionamos el servicio de préstamos de extintores mientras sus áreas se encuentran desprotegidas. Totalmente gratis.
RECARGA TUS EXTINTORES HOY
Aprovecha nuestro servicio de Revisión, Recarga y Mantención de extintores, incluye la entrega de extintores de préstamo sin costos para cubrir sus áreas mientras realizamos el trabajo.
AGENDA UNA RECARGA A TUS EXTINTORES.
Déjanos tu mensaje acerca de que servicio quieres cotizar o recibir información, si necesitas una respuesta más rápida puedes encontrar nuestros datos de contacto aquí.
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO EN CENTROS EDUCATIVOS.
Especialistas en la Protección Contra Incendio. Protege tus instalaciones educativas con nuestros Extintores Certificados.
PREGUNTAS FRECUENTES
Ponemos a tu disposición algunas preguntas frecuentes que suelen tener nuestros nuevos clientes.
¿Cómo se realiza una correcta Recarga Certificada de Extintores?
La recarga de extintores se debe realizar de acuerdo a las instrucciones contenidas en el manual del fabricante, y de acuerdo a las recomendaciones generales contenidas en la norma vigente(NCh_2056). Para conocer el período de vigencia por agente, puede contactarnos al: (57) 226 8358
¿Por qué debo contratar este servicio de Recarga de Extintores?
Recargar los extintores después de su uso o al cumplir el tiempo recomendado por las normativas es esencial para garantizar su correcto funcionamiento en caso de emergencia. Un extintor con niveles insuficientes de agente extintor no podrá cumplir su función de manera efectiva, poniendo en riesgo a las personas y los bienes.
¿Con qué frecuencia debo contratar este servicio de Recarga de extintores?
Los extintores recargables se deben recargar después de cada utilización, o cuando así lo indique la revisión o una mantención, las revisiones deben ser más frecuentes. Llámanos ahora: (57) 2268350
¿Puedo pedir que me recarguen otro tipo de agente en mis extintores?
Los extintores no deben convertirse a un agente de extinción de naturaleza distinta al que se indica en el cilindro, ni convertirse a un tipo diferente de agente de extinción.
¿Cuál es la frecuencia de recarga para extintores de agentes AFFF y FFFP?
Los extintores de agente premezclado líquido tipo AFFF (espuma formadora de película acuosa) y FFFP (espuma de fluoro proteína de película) debe reemplazarse por lo menos una vez cada tres años.
¿Qué certificaciones tienen sus servicios?
Nuestros servicios cumplen con las normativas nacionales e internacionales vigentes. Certificados por CESMEC bajo el DS-44, asegurando la máxima calidad y confiabilidad. Además, nuestros técnicos están certificados en inspección, mantenimiento y recarga de equipos de protección contra incendios.
¿Cómo programar una visita técnica?
Puedes contactarnos a través de nuestro formulario en línea enlace aquí, número de teléfono (57) 226 8350 o correo electrónico contacto@simaster.cl. Coordinaremos una visita técnica en el momento que más te convenga.
¿Cuáles son los beneficios de realizar un mantenimiento regular a mis equipos?
El mantenimiento asegura que los extintores y sistemas de detección o supresión funcionen de manera óptima en caso de emergencia. Además, garantiza el cumplimiento de las normativas legales y puede prolongar la vida útil de los equipos.
¿Realizan mantención a extintores portátiles de uso marino?
Somos una empresa autorizada por la D.S.O.M según Ordinario N° 12600/812/VRS, de fecha 25 de octubre de 2007, para efectuar el servicio de mantenimiento a los extintores portátiles de uso marino, conforme a lo indicado en la circular DGTM y MM 0-71/026, del 02 de marzo de 2007.
¿Qué debo hacer en caso de que la revisión revele alguna alteración o deficiencia en los extintores?
Se debe adoptar de inmediato una acción correctiva pertinente, como se indica a continuación:
1. Para extintores en General: Cuando la revisión revele alguna alteración o deficiencia respecto de lo señalado, (1) Que el extintor no se encuentre en el lugar designado; (2) Que el acceso o visibilidad al extintor estén obstruidos.
2. Para extintores recargables: Cuando la inspección revele una deficiencia en cuanto: (1) Que las instrucciones de uso no sean legibles y no estén de frente a la vista; (2) Que los rótulos del servicio técnico no estén vigente.
¿Cómo saber si se realizó correctamente el servicio de revisión de extintores?
El personal encargado de las revisiones debe mantener un registro de cada uno de los extintores inspeccionados, señalando la acción correctiva aplicada. Además al menos una vez al mes, se deben registrar la fecha de inspección y las iniciales de la persona que llevó a cabo dicha inspección; este registro se debe llevar en una tarjeta colgante y/o una etiqueta adherida a cada extintor.
VENTA Y SERVICIOS RELACIONADOS A EXTINTORES
Gana seguridad con nuestro Servicio Técnico de Extintores Certificado por CESMEC. Más de 3 décadas protegiendo tus activos.
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